En el BOE núm. 69, de 20 de marzo de 2018, se establecen las bases reguladoras del programa de formación dirigido a personas trabajadoras prioritariamente ocupadas, para la adquisición y mejora de competencias en el ámbito de la transformación y de la economía digital, promovido por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través de Red.es.
Las ayudas previstas en estas bases financiarán dos tipos de proyectos subvencionables:
Proyectos modalidad A: Aquellos en los que las entidades beneficiarias desarrollan planes de formación prioritariamente para sus trabajadores, permitiendo también la participación de desempleados o inactivos dentro de los límites previstos en el apartado 3 de la base quinta, con el fin de favorecer su inserción laboral. Esta formación programada por las entidades beneficiarias deberá guardar relación con la actividad empresarial (o asociativa y fundacional) y adecuarse a sus necesidades formativas y a las de sus trabajadores. En caso de que el proyecto subvencionable contemple la posibilidad de personas desempleadas o inactivas, las acciones formativas correspondientes a estos colectivos deberán ser independientes de las dirigidas a los propios trabajadores de la entidad beneficiaria.
Proyectos modalidad B: Aquellos en los que las entidades beneficiarias desarrollan planes de formación dirigidos a trabajadores prioritariamente ocupados de otras entidades, permitiendo también la participación de desempleados o inactivos dentro de los límites previstos en el apartado 3 de la base quinta, con el fin de favorecer su inserción laboral. Las entidades que desarrollen proyectos de esta modalidad deberán recoger entre sus fines estatutarios u objeto social el desarrollo de actuaciones de formación o la prestación de servicios a otras entidades, compatibles con las actuaciones objeto de la ayuda.
Se establecen cuatro grupos de regiones, en los que se podrán desarrollar los proyectos subvencionables:
- Grupo A: Aragón, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, La Rioja, Madrid, Navarra y País Vasco.
- Grupo B: Asturias, Ceuta y Galicia.
- Grupo C: Andalucía, Canarias, Castilla – La Mancha, Melilla y Murcia.
- Grupo D: Extremadura.
Dirigido a asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones o uniones de las mismas), fundaciones, así como sociedades mercantiles que acrediten el cumplimiento de los requisitos enumerados en las bases.
El plazo para la solicitud no estará abierto hasta que se publique la convocatoria en el correspondiente BOE y en la página web de Red.es.
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